La nueva normativa obliga a las empresas de transporte a realizar alcotest y narcotest certificados cada cuatro meses a sus conductores. Conoce qué exige la ley y cómo cumplir.
Mauro Alberto Gómez Estay tenía 14 años cuando esperaba la micro para ir al colegio en Valparaíso. Un chofer bajo los efectos de las drogas lo atropelló y le arrebató la vida.
Su caso conmocionó al país y dio nombre a un proyecto de ley que estuvo más de un año en tramitación. El 3 de marzo de 2026, la Cámara lo aprobó con 134 votos a favor.
Hoy la iniciativa avanza en el Senado, con respaldo transversal y urgencia declarada por el Ejecutivo.
"No es admisible que nuestros hijos e hijas, que toman la micro todos los días, no lleguen a la casa con vida. Eso es lo que estamos pidiendo."
— Diputado Luis Cuello, autor del proyectoEstas obligaciones recaen sobre las empresas de transporte público y privado remunerado de pasajeros una vez promulgada la ley.
| Infracción | Sanción |
|---|---|
| No realizar controles periódicos | 2–10 UTM por evento |
| Instrumentos no certificados | Multa + suspensión |
| No remitir registros | Multa administrativa |
| Reincidencia | Revocación de autorización |
| Conductor bajo efectos (Ley Emilia) | Cárcel efectiva ≥1 año |
* 1 UTM ≈ $68.000 CLP (ref. 2025). Sanciones del DS 44 pueden acumularse.
* Ley en trámite en el Senado; valores pueden ajustarse.
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* Contenido informativo. Estado legislativo al 06/04/2026.
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